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Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos (ACAP)

Condiciones para financiamiento:

Beneficios:

• Puede incluir en el financiamiento del Impuesto por Transferencia Inmobiliaria y los gastos de cierre.
• Tasa de interés competitiva.
• Efectuar abonos al capital del préstamo para reducir la cuota mensual y/o el plazo del préstamo.
• Efectuar el pago de la cuota mensual del préstamo a través de un descuento automático a una cuenta de ahorros de la Asociación Cibao.
• No se penaliza por pagos adelantados o abonos extraordinarios.
• Cuando el préstamo es para construcción de vivienda, puede obtener un período de gracia de hasta 6 meses para el pago de capital.
• Pago a través de Internet Banking y ACH.
• Cómodos plazos para pagar.
• Financiamiento de hasta el 80% de valor de la tasación.
• Seguro de Incendio y Líneas Aliadas.
• Seguro de vida (opcional).

Requisitos:

Documentación Financiera:

• Para clientes cuya deuda consolidada en el Sistema Financiero Nacional, incluyendo el préstamo solicitado, sea menor o igual a RD$5,000,000.00:
• Estados financieros, firmados por los solicitantes (modelo entregado por la ACAP). Está a opción del solicitante presentar los mismos firmados por un Contador Público Autorizado (CPA).
• Para clientes cuya deuda consolidada en el Sistema Financiero Nacional, incluyendo el préstamo solicitado, sea superior a RD$5,000,000.00 pero inferior a RD$25,000,000.00:
• Estados financieros con menos de 6 meses de antigüedad, firmados por un Contador Público Autorizado (CPA).
• Para clientes cuya deuda consolidada en el Sistema Financiero Nacional, incluyendo el préstamo solicitado, sea igual o superior a RD$25,000,000.00:
• Estados financieros auditados por una firma registrada en el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana (ICPARD) o en el Colegio Dominicano de Contadores Públicos, Inc. (CODOCON), con su correspondiente copia del Formulario de Declaración de las Personas Físicas (IR-1), como constancia de que los estados financieros fueron depositados en la Dirección General de Impuestos Interno (DGII) (estos deben coincidir con los estados financieros).
• Si los estados financieros auditados y depositados en la DGII tienen una antigüedad superior a 6 meses, deben entregar adicionalmente estados financieros preparados por un Contador Público Autorizado (CPA).

Documentación de la Garantía:

• Certificado de título del inmueble o Constancia Anotada.
• Para construcción: planos aprobados por Obras Públicas y presupuesto.
• Certificación del Estado Jurídico del Inmueble.
• Impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria, Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos no Edificados (IPI).
• Tasación del inmueble.
• Copia de Cédula de Identidad Electoral o Pasaporte (en caso que la persona sea extranjera) del vendedor si es persona física.
• En caso del vendedor ser persona moral, copia de la documentación constitutiva.
• Documentación de la Persona Física.
• Formulario de solicitud de Préstamo Hipotecario.
• Formulario seguro de vida o carta de exclusión.
• Copia de Cédula de Identidad Electoral o Pasaporte (en caso que la persona sea extranjera).
• Aperturar cuenta de ahorros en la ACAP.
• Número de Registro en la DGII.

Evidencias de ingresos para residentes en el país:

• Carta de trabajo.
• Estados de cuentas bancarias, correspondientes a los tres cortes anteriores a la solicitud.
• Copia certificados de Depósito del Banco Central u otras Instituciones Bancarias, con su constancia de vigencia.
• Copia de contrato de alquiler; vigente acompañado de copia del Certificado de Título.
• Recibos de remesas regulares de los últimos 6 meses.

Evidencias de ingresos para residentes en el extranjero:

• Income Tax del último año.
• Formulario W-2 (Wages and Tax Statement).
• Carta de trabajo.
• Últimos tres comprobantes y/o volantes de pago de nómina.
• Estados de cuentas bancarias, correspondientes a los tres cortes anteriores a la solicitud.

Cubrir los siguientes costos para la compra:

• Impuestos de Transferencia Inmobiliaria (3%).
• Gastos de tramitación e informe de crédito.
• Para Hipotecar (Construcción y Remodelación de Vivienda):
• Costo de inscripción de hipoteca (2%).
• Gastos de tramitación e informe de crédito.
• Refinanciamiento de Deuda a otra Institución.
• Certificación del balance de la deuda.
• Copia del contrato de préstamo suscrito entre las partes.

Fuente: Pagina Web Asociación Cibao de Ahorros y Prestamos (ACAP)
www.Acap.com.do

Banco Popular Dominicano

Condiciones para financiamiento:
Disponible en PESOS Y DÓLARES CON AMPLIO PLAZO para pagar.

Requisitos:

Del cliente:

• Pre-aprobación del crédito
• Aprobación y Formalización del expediente
• Declaración de propiedad inmobiliaria vigente:
• Para extranjeros y dominicanos residentes en el extranjero se requiere, además:
• En caso de que el vendedor del inmueble sea una compañía:
• Seguro de Vida del Deudor

Del inmueble:

• Tasación.
• Copia del Certificado de título.
• Certificación de cargas de gravámenes.
• Impuesto propiedad inmobiliaria (IPI).
• Copia del contrato de compra y venta.
• Recibo de pago inicial.
• Copia de cédula de identidad o pasaporte/Social Security del vendedor, si es persona física.

Beneficios:

• Disponible en pesos y dólares.
• Para adquisición de primera y segunda vivienda en pesos: De hasta el 80% del valor de la tasación del inmueble.
• Para remodelación de primera y segunda vivienda en pesos: De hasta el 60% del valor de la tasación del inmueble.
• Para adquisición de primera vivienda en dólares: De hasta el 70% del valor de la tasación del inmueble.
• Para adquisición de segunda vivienda en dólares: De hasta el 60% del valor de la tasación del inmueble.
• Para remodelación de primera y segunda vivienda en dólares: De hasta el 60% del valor de la tasación del inmueble.
• Para compra de solar: De hasta el 70% de la tasación del solar.
• Plazo para pagar
• Para adquisición de primera y segunda vivienda en pesos: Hasta 20 años para pagar.
• Para remodelación de primera y segunda vivienda en pesos: Hasta 20 años para pagar.
• Para adquisición de primera y segunda vivienda en dólares: Hasta 15 años para pagar.
• Para remodelación de primera y segunda vivienda en dólares: Hasta 15 años para pagar.
• Para compra de solar: Hasta 10 años para pagar.
• Paga las cuotas a través de transferencias desde tus cuentas.
• Cuotas niveladas, es decir, iguales y consecutivas.

Fuente: Pagina Web Banco Popular Dominicano
www.bpd.com.do

Cooperativa San José

Préstamos:

Durante más de 60 años te hemos respaldado en todas tus necesidades crediticias, demostrándote que somos la mejor opción a la hora de otorgar un préstamo, brindándote plazos cómodos para pagar y una tasa cómoda de interés, así como un trato ágil y personalizado, porque tú te lo mereces.

Requisitos Generales Para Préstamos:

• Ser socio activo y llenar solicitud de préstamo.
• Carta de trabajo. Si es casado (a) carta de trabajo del cónyuge.
• Carta de trabajo del garante o garantes (si el financiamiento es con aval solidario).
• Declaración jurada de ingresos (si tiene negocio propio).
• Declaración de Income Tax, Formularios W-2 y 1040, para residentes en los EEUU.
• Fotocopia de Cédula o Pasaporte (del solicitante-cónyuge y garantes).
• Fotocopia del documento que constituirá la garantía (Certificado de Título o matrícula).
• Certificación de Cargas y Gravámenes de Registro de Títulos, para préstamos hipotecarios.
• Certificación de Impuestos Internos, para financiamientos con vehículos.
• Estados de Cuentas Bancarios (Los 3 últimos).
• Estado de Situación y Resultado a cargo de un CPA para préstamos de RD$1, 000,000.00 hasta RD$4,999,999.99. Para financiamientos a partir de 5 millones deben estar realizados por una firma de auditores.
• Certificación de IVSS (si pagan).
• Declaración jurada de IVSS (si están exentos).
• Si el financiamiento es para comprar un inmueble a una compañía, anexar estatutos constitutivos, RNC, acta de asamblea autorizando la venta y copia de cédula del representante de la empresa.

Consideraciones Generales:

Financiamos el 80% sobre el valor de la Garantía Hipotecaria.

Formas de financiamientos:

Otorgamos de acuerdo a la garantía, los siguientes préstamos:

• Prendarios.
• Hipotecarios.
• Solidarios.

Fuente: Pagina Web Cooperativa San José
www.cooperativasanjose.com.do

Banreservas

Beneficios:

• Atención personalizada y asesoría financiera.
• Disponibilidad de cuota flexible.
• Atractivas tasas de interés.
• Facilidades de pagos electrónicos con cargo a sus cuentas.
• Trato preferencial con Seguros Banreservas.
• Disponibilidad de programar la compra de tu vivienda a través del programa Reserva Tu Hogar.

Plazos adaptados a tus necesidades: Hasta 20 años para pagar.

Cobertura de hasta un 80% del valor de la propiedad: Valor menor, entre tasación y contrato de compra y venta.

Requisitos:

• Formulario de solicitud de préstamo hipotecario debidamente completado y firmado.
• Copia de Cédula de Identidad y Electoral del (los) solicitante (s) y cónyuge.
• Si el cliente reside en el extranjero, debe presentar copia de las 3 últimas declaraciones de impuestos.
• Formulario de Estado de Situación de Ingresos y Gastos firmado para montos hasta RD$4,999,999.00.
• En los casos de 5 a 10 millones de pesos debe ser sellado por un CPA, (sobre los RD$10 millones se necesita Estados Financieros auditados).
• Constancia de ingreso familiar (carta de trabajo / movimientos de los últimos 3 estados de cuenta).

Requisitos para aprobación formal:

• Tasación del inmueble (Ver tasadores externos autorizados).
• Formulario de declaración jurada de la compañía de seguros, y exámenes médicos, si lo amerita.
• Fotocopia de certificado de título y plano catastral del inmueble.
• Dirección exacta del inmueble y croquis de su ubicación.
• Pago de tasación del inmueble, realizada por un tasador autorizado del banco (ver lista en la página Web).
• Contrato de opción a compra, o en su defecto carta de compromiso de oferta de venta, indicando: precio, ubicación y descripción catastral.
• Declaración de condominio, si procede, (resolución dictada por el Tribunal Superior de Tierras).
• Abrir cuenta corriente o de ahorros con el Banco, si no tiene, y firmar de autorización débito a su cuenta para el cobro de la cuota del préstamo y el pago del Seguro de Vida y Propiedad.
• Certificado de cargas y gravamen, el cual es expedido por el Registro de Títulos de la localidad.
• Si el inmueble está gravado debe anexarse carta de certificación de deuda.
• Certificación del IPI o declaración jurada del inmueble donde conste de su exoneración, emitido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
• Cuando el vendedor sea una compañía debe presentar copia certificada de los Estatutos Sociales, y Acta de la Asamblea vigente donde se autorice la venta del inmueble. Acta de la Asamblea General Ordinaria que eligió el último Consejo de Administración y su nómina de presencia.
• Dirección, teléfono y copia de la Cédula de Identidad y Electoral del representante de la compañía.
• Copia RNC y registro mercantil.

Financiamos el 80% sobre el valor de la Garantía Hipotecaria.

Formas de financiamientos:

Otorgamos de acuerdo a la garantía, los siguientes préstamos:

• Prendarios.
• Hipotecarios.
• Solidarios.

Fuente: Pagina Web Banreservas
www.banreservas.com
809 241 1838 / 809 971 1838 829 804 9420 Login
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¿Cómo promover la instalación de un ascensor en mi comunidad?

Si hace dos entradas comenzamos a hablar de este tema y abordamos las vertientes que la Ley contemplaba de cara a la instalación de un ascensor en un inmueble que carece de él, hoy vamos a comentar cómo hay que plantear el tema para que la instalación de este nuevo servicio salga adelante.


Vamos a poner un ejemplo práctico: hablamos de una comunidad de 15 vecinos (algunos de avanzada edad), 12 de los cuales son viviendas y 3 son locales. El nuevo presidente quiere promover la instalación de un ascensor de cara a mejorar la calidad de vida de los vecinos y, del mismo modo, revalorizar el inmueble con este nuevo servicio. El primer paso será la obtención de un presupuesto de, al menos, tres empresas de instalación de ascensores que acudirán al inmueble a tomar medidas y valorar las opciones y posibilidades de instalación.


Una vez que el presidente cuenta con los presupuestos necesarios, convocará una Junta General extraordinaria cuyo único punto del día será la votación y acuerdo sobre la instalación de un ascensor en el inmueble y la votación, en su caso, de uno de los presupuestos. Esta junta, al ser extraordinaria, deberá ser convocada, tal y como marca la Ley, con la antelación suficiente para que pueda llegar a conocimiento de todos los vecinos (no fija un plazo concreto como para las ordinarias, que fija un mínimo de 6 días).


Llegado el día de la reunión, se comenzará explicando los presupuestos y las obras que se realizarían. Hay que tener en cuenta que los vecinos necesitan tener toda la información para poder emitir su opinión y, sobre todo, su voto. Una vez que se haya expuesto la información, se procederá a la votación. Como comentábamos, se requiere la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. En nuestro ejemplo,, para aprobar la instalación se necesitaría el voto favorable de al menos 8 vecinos (esto es así porque en el inmueble hay propietarios mayores de 70 años o minusválidos). Si no se obtiene esta mayoría, el acuerdo se desestima.


En el caso de obtener la mayoría exigida, se procedería a la votación de uno de los presupuestos solicitados (normalmente suele salir el presupuesto más ventajoso económicamente). Tras la reunión se deberá elaborar el acta en la que se reflejará el acuerdo adoptado en la reunión (obviamente, en esta acta deberán figurar, entre otras cosas, la votación, el presupuesto elegido con el importe a asumir por cada propietario, formas de pago,…) y se ejecutará el mismo hasta la completa instalación del ascensor en el inmueble (se procederá a la firma del contrato con la empresa elegida, la solicitud de la subvención para la instalación del ascensor de cara a facilitar la accesibilidad, la solicitud de las correspondientes licencias en el Ayuntamiento,…).


Pero ¿qué sucede si los vecinos que votaron en contra amenazan con impugnar el acuerdo? A todos los efectos, el acuerdo aprobado con las mayorías exigidas por la Ley sigue adelante y es ejecutivo desde el mismo momento en que se adopta, pero sí que es cierto que la comunidad se verá obligada a ser parte en un procedimiento judicial si los comuneros que votaron en contra impugnan judicialmente el acuerdo.


En nuestro caso, los tres propietarios de los locales alegan que no van a hacer uso del nuevo servicio y, sobre todo, que su inmueble nunca se va a revalorizar por este hecho. La Ley es clara al respecto: con las mayorías exigidas, todo comunero está obligado al pago en función de su cuota de participación, pero el sentido común, en función de las circunstancias, puede llevar a la comunidad a llegar a un acuerdo con los propietarios que no van a verse beneficiados por la mejora. Un acuerdo viable, por ejemplo, sería exonerarles parcialmente del pago y que sólo asumieran un determinado porcentaje. Eso sí, la parte exonerada se deberá asumir entre el resto de vecinos.


En el supuesto de aplicar estrictamente la Ley, únicamente cabe la opción de que el conflicto se solucione en un juzgado.


Fuente: http://www.noticiasinmobiliaria.com/como-promover-la-instalacion-de-un-ascensor-en-mi-comunidad/

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Sobre nosotros Somos una empresa formada por un equipo de profesionales con experimentadas habilidades en los servicios de compra y venta, alquileres y administración de propiedades. Leer más
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